Hoy se publica el extracto de la Resolución 2025-0245 de 5 de marzo de 2025 de acuerdo de la Convocatoria de Subvenciones en concurrencia competitiva a actividades de promoción y dinamización del sector comercial e industrial en el municipio de Muro de Alcoy, anualidad 2025.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que aquí se convocan todas aquellas entidades y asociaciones sin ánimo de lucro dentro del ámbito y sectores a que hace referencia esta convocatoria, sector comercial y hostelería de la localidad, y que tendrán que cumplir preceptivamente los siguientes requisitos:
• Ser entidades o asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas al Registro Municipal de Asociaciones, con sede a Muro, y que desarrollen sus actividades principalmente en el municipio.
• Excepcionalmente, se podrá subvencionar asociaciones benéficas que están inscritas al Registro Municipal de Asociaciones de Mur, el ámbito principal de actuación de las cuales no sea esta población. Por eso, sus acciones tienen que repercutir sobre un importante número de personas empadronadas en la población, o que su sede social radique a Muro y su junta directiva y mayoría de asociados esté compuesta mayoritariamente por personal empadronado en el municipio.
• No haber sido sancionado mediante una resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones de acuerdo con esta u otras leyes que así lo establezcan.
• Estar al corriente de las obligaciones de pago y tributarias con Hacienda y la Seguridad Social, así como haber procedido al reintegro de subvenciones pasadas en caso de que procediera.
• No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Muro, salvo que estos estuvieran debidamente garantizados.
• No podrán tener la condición de beneficiarios las entidades en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
Los datos aportados podrán ser objeto de cesión a la Base de datos Nacional de Subvenciones, así mismo podrían aportarse a otras entidades públicas a efectos de comprobar la veracidad y la correcta aplicación de la cantidad subvencionada.
Objeto.
• La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión en concurrencia competitiva de las subvenciones contempladas a la Línea 5 de las bases específicas, de ayudas para asociaciones profesionales para la promoción y dinamización del sector comercial de la localidad, anualidad 2025.
• La concesión de las subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, según el que establece el artículo 22.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su gestión por los beneficiarios se realizará de acuerdo con los principios siguientes :
a. Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no-discriminación.
b. Eficacia en el cumplimiento de los objetivos.
c. Eficiencia en la asignación y la utilización de los recursos públicos.
Cuantía.
La cuantía podrá lograr el 75% de los gastos presentados. En ningún caso se subvencionará un importe superior a los gastos presentados.
Las acciones susceptibles de percibir la subvención regulada en esta convocatoria se financiarán a cargo de la partida presupuestaria 43300 47902 habilitada a tal efecto en el Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Muro de Alcoy con un crédito de TRES MIL EUROS (3.000,00 €).
Bases
Extracto
Decreto
Solicitud
Documentos

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