Objetivos
Datos de interés:

Plaçeta Molina, 4

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Etapas educativas
Educación Infantil
La Educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años. Esta etapa se ordena en dos ciclos. El primero comprende desde 0-3 años, y el segundo desde los 3 a los 6 años de edad. La Educación infantil tiene carácter voluntarioEl segundo ciclo de esta etapa educativa será gratuito.

La finalidad de la Educación infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y niñas. En ambos ciclos se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, en las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio. Además se facilitará el que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada, y que adquieran autonomía personal. Las administraciones educativas determinarán los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación infantil de acuerdo con aquello dispuesto en los artículos anteriores.

Requisitos de acceso

La Educación infantil atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los seis años de edad.

Requisitos de admisión

La normativa que regula la admisión de alumnado es competencia de la Administración educativa de cada Comunidad Autónoma. Siguiendo el Arte.84 de la LOE sobre Admisión de alumnado:

La admisión de alumnado en centros públicos y privados concertados se regulará de tal forma que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres o tutores.

Cuando no existan plazas suficientes en los centros sostenidos con fondo público, el proceso de admisión se regirá por los siguientes criterios prioritarios sin que ninguno de ellos tenga carácter excluyente:

  • Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo.
  • Proximidad del domicilio o del puesto de trabajo de alguno de los padres o tutores legales.
  • Rentas anuales de la unidad familiar, atendiendo a las especificidades que para su  cálculo se aplican a las familias numerosas.
  • Concurrencia de discapacitación en el alumno o en alguno de los padres o hermanos.
  • En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
Educación primaria
La Educación primaria tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende tres ciclos de dos años cada uno, en total, seis cursos académicos, que se seguirán ordinariamente entre los seis y los doce años de edad. Con carácter general, los alumnos y las alumnas se incorporarán al primer curso de la Educación primaria en el año natural en el que cumplan seis años.

La finalidad es proporcionar a todos los niños una educación común que pueda hacer posible la adquisición de los elementos básicos culturales, los aprendizajes relativos a la expresión oral, a la lectura, a la escritura y al cálculo aritmético, así como una progresiva autonomía de acción en su medio.

La Educación Primaria contribuirá a desarrollar en el alumnado las siguientes capacidades:

  • Utilizar de manera apropiada la lengua castellana y el valenciano.
  • Comprender y expresar mensajes sencillos en una lengua extranjera.
  • Aplicar a las situaciones de su vida cotidiana operaciones sencillas de cálculo y procedimientos lógicos elementales.
  • Adquirir las habilidades que permiten desarrollarse con autonomía en el ámbito familiar y doméstico, así como en los grupos sociales con los que se relacionan.
  • Apreciar los valores básicos que rigen la vida y la convivencia humana y obrar de acuerdo con ellos.
  • Utilizar los diferentes medios de representación y expresión artística.
  • Conocer las características fundamentales del suyo medio físico, social y cultural, y las posibilidades de acción en el mismo.
  • Valorar la higiene y salud de su propio cuerpo, así como la conservación de la naturaleza y del medio ambiente.
  • Utilizar la Educación Física y el deporte por favorecer el desarrollo personal

La Educación Primaria se organiza en áreas con un carácter global e integrador, y será impartida por maestros que tendrán competencia en todas las áreas de este nivel. La enseñanza de la música, de la educación física y de los idiomas extranjeros, serán impartidas por maestros con la especialización o calificación correspondiente.

Criterios de evaluación

La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta el progreso del alumno en el conjunto de las áreas del currículum.

La evaluación se realizará teniendo en cuenta los diferentes elementos del currículum.

Los criterios de evaluación de las áreas serán referencia fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas.

En el contexto del proceso de evaluación continúa, cuando el progreso de un alumno no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del ciclo, en el momento en que se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo.

Los maestros evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.

Los resultados de la evaluación se expresarán en la Educación primaria en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), Excelente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás.

Criterios de promoción

Al finalizar cada uno de los ciclos, y como consecuencia del proceso de evaluación, el profesorado del grupo adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado, teniendo especialmente en consideración la información y el criterio del profesor tutor.

Se accederá al ciclo educativo siguiente siempre que se considere que se haya conseguido el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez. Se accederá, sin embargo, siempre que los aprendizajes no conseguidos no impidan seguir con el aprovechamiento del nuevo ciclo. En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar estos.

Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado anterior, se permanecerá un año más en el mismo ciclo. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la Educación primaria y deberá ir acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación. Los centros organizarán este plan de acuerdo con aquello establecido por las administraciones educativas.

Se accederá a la Educación secundaria obligatoria si se ha conseguido el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez. Se accederá, igualmente, siempre que los aprendizajes no conseguidos no impidan seguir con el aprovechamiento de la nueva etapa. En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar estos.

Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el párrafo anterior, no se podrá promocionar a la etapa siguiente si no se han agotado las medidas previstas.

De conformidad con aquello estipulado al artículo 4.2 en su letra e), de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, los padres o tutores deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o tutelados, así como conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo.

Historial académico

El historial académico de Educación primaria es el documento oficial que refleja los resultados de la evaluación y las decisiones relativas al progreso académico del alumnado a lo largo de la etapa, y tiene valor acreditativo de los estudios realizados. Su custodia corresponde al centro educativo en que el alumnado se encuentre escolarizado.

Al finalizar la etapa, el historial académico de Educación primaria se entregará al alumnado y una copia se enviará al centro de educación secundaria, a petición de este, junto al informe individualizado al que hace referencia el artículo 12.2 del Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimos de la Educación primaria. Estas circunstancias serán reflejadas en el correspondiente expediente académico.

Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O)
La Educación Secundaria Obligatoria (ESO) es una etapa educativa obligatoria y gratuita que completa la educación básica. Consta de cuatro cursos académicos que se realizan ordinariamente entre los 12 y los 16 años de edad.

Se organiza de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. Preste especial atención a la orientación educativa y profesional. Tiene como finalidad:

  • Conseguir que todos consigan los elementos básicos de la cultura: humanísticos, artísticos, científicos y tecnológicos.
  • Desarrollar y consolidar hábitos de estudio y de trabajo.
  • Preparar para la incorporación a los estudios posteriores y para su inserción laboral.
  • Formar a todos por el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos.

Se podrá repetir un máximo de dos cursos y permanecer, en régimen ordinario, hasta los 18 años de edad cumplidos en el año en que finalice el curso. Un alumno y sus padres pueden decidir, desde el momento en que este cumple los 16 años, si se da por finalizada su escolarización obligatoria en esta etapa, y en ese caso se le extenderá la correspondiente Certificación de Escolaridad en el que constan los años y materias cursadas.

Objetivos

La Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en el alumnado las capacidades que les permitan:

1. Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos con el respecto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.

2. Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal.

3. Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar los estereotipos que suponen discriminación entre hombres y mujeres.

4. Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.

5. Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación.

6. Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas disciplinas.

7. Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad por aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades.

8. Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, en la lengua castellana y, si es el caso, en la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma, textos y mensajes complejos, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura.

9. Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera apropiada.

10. Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propias y de los demás, así como el patrimonio artístico y cultural.

11. Conocer el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte por favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, la atención a los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su suya conservación y mejora.

12. Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.

Opciones educativas

El alumno que concluye sus estudios de ESO tiene la opción de seguir estudiando, pero también puede acceder ya al mundo laboral porque, con esta etapa ha concluido la educación considerada obligatoria. El título de graduado en educación secundaria obligatoria permitirá acceder a:

  • Bachillerato.
  • Formación profesional de grado medio.
  • Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio.
  • Enseñanzas deportivas de grado medio.

En caso de que el alumno no haya conseguido el título de ESO o no tenga estudios previos, puede acceder a:

  • Oferta formativa de educación de personas adultas.
  • Ciclos formativos de grado medio de formación profesional (con prueba de acceso y 17 años.)
  • enseñanzas de idiomas (con 16 años, o con 14 años por estudiar un idioma distinto al cursado en el ESO.)
  • Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza (con prueba específica.)
  • Ciclos formativos de grado medio de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño (prueba de acceso, prueba específica y 17 años)
  • Ciclos de grado medio de enseñanzas deportivas (con prueba de acceso y 17 años, y prueba específica en el caso de determinadas modalidades o especialidades.)

Criterios  de evaluación

La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en la Educación Secundaria Obligatoria será continua y diferenciada según las diferentes materias del currículum.

El profesorado evaluará teniendo en cuenta los diferentes elementos del currículum. Los criterios de evaluación de las materias serán referente fundamental para valorar, tanto el grado de adquisición de las competencias básicas, como la de consecución de los objetivos. El equipo docente constituido por el profesorado del alumno, coordinado por el profesor tutor, actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación.

En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo.

Los profesores evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.

Al finalizar el segundo curso de la educación secundaria obligatoria todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas por sus alumnados. Esta evaluación será competencia de las Administraciones educativas, no tendrá efectos académicos sino carácter formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa.

Criterios de promoción 

Se promocionará al curso siguiente cuando se hayan superado los objetivos de las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias como máximo. Excepcionalmente, podrá autorizarse la promoción con evaluación negativa en tres materias cuando el equipo docente considere que la naturaleza de las mismas no le impida seguir con éxito el curso siguiente. Quien no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso. Se podrá repetir un máximo de dos cursos y permanecer, en régimen ordinario, hasta los dieciocho años de edad cumplidos en el año que finalice el curso. Un alumno y sus padres pueden decidir, desde el momento que aquel cumple 16 años de edad, dar por finalizada su escolarización obligatoria en la etapa, en este caso se le extenderá la correspondiente Certificación de Escolaridad en el que constan los años y materias cursados.

Bachillerato
El Bachillerato forma parte de la educación forma secundaria postobligatoria y, por eso, tiene  carácter voluntario. Se desarrolla en modalidades diferentes, se organiza de modo flexible y, si es el caso, en distintas vías dentro de cada modalidad.

Finalidad

  • Proporcionar a los estudiantes formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar las funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia.
  • Ofrecer a los alumnos una preparación especializada, de acuerdo con sus perspectivas e intereses de formación, que los permita acceder a la educación superior.

Las actividades educativas en el bachillerato favorecerán la capacidad del alumnado por aprender por ellos mismo, para trabajar en equipo y para aplicar los métodos de búsqueda apropiados. Aquellos que cursen satisfactoriamente el bachillerato en cualquiera de sus modalidades recibirán el título de Bachiller, que tendrá efectos laborales y académicos.

El bachillerato comprende dos años académicos, que se cursarán normalmente entre los 16 y los 18 años. Se podrá permanecer cursando bachillerato en régimen ordinario durante cuatro años académicos, consecutivos o no.

Objetivos 

El Bachillerato contribuirá a desarrollar en el alumnado las capacidades que les permitan:

  • Ejercer la ciudadanía democrática.
  • Consolidar una madurez personal y social.
  • Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres.
  • Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina.
  • Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana y, si es el caso, la lengua cooficial de su Comunidad Autónoma.
  • Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras.
  • Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación.
  • Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, así como participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social.
  • Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y dominar las habilidades básicas propias de la modalidad elegida.
  • Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los métodos científicos, así como afianzar la sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente.
  • Afianzar el espíritu emprendedor.
  • Desarrollar la sensibilidad artística y literaria.
  • Utilizar la educación física y el deporte por favorecer el desarrollo personal y social.
  • Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial.

Modalidades

  • Modalidad de Artes
    • Vía de Artes plásticas, imagen y diseño
    • Vía de Artes escénicas, música y danza
  • Modalidad de Ciencias y Tecnología
  • Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales

Materias 

Materias comunes: son obligatorias independientemente de la modalidad elegida. Tienen como finalidad profundizar en la formación general del alumnado, aumentar su madurez intelectual y humana, y profundizar en aquellas competencias que tienen un carácter más transversal y favorecen seguir aprendiendo.

Materias de modalidad: tienen como finalidad proporcionar una formación de carácter específico, vinculada a la modalidad elegida, que oriente en un ámbito de conocimiento amplio, desarrolle aquellas competencias con una mayor relación con el mismo, prepare para una variedad de estudios posteriores y favorezca la inserción en un determinado campo laboral. Los estudiantes deberían cursar, en el conjunto de los dos cursos del bachillerato, un mínimo de seis materias de modalidad, de las que por lo menos cinco deberían ser de la modalidad elegida.

Materias optativas: tienen como finalidad completar la formación del alumnado, profundizando en aspectos propios de la modalidad elegida, o ampliando las perspectivas de la propia formación general. Los estudiantes podrán elegir también como materia optativa por lo menos una materia de modalidad. La oferta de materias optativas deberá incluir una Segunda lengua extranjera y Tecnologías de la información y la comunicación.

Normas de prelación 

Materias de segundo curso la evaluación final del que está condicionada a la superación de la correspondiente materia de primer curso. Las Administraciones educativas podrán establecer normas de prelación para las materias optativas que determinen para su ámbito de gestión.

Plan de estudios 

Las Administraciones educativas distribuirán las diferentes materias en los dos cursos de bachillerato

Materias Comunes (para todas las modalidades)

  • Ciencias para el mundo contemporáneo
  • Educación física
  • Filosofía y ciudadanía
  • Historia de la filosofía (2º curso)
  • Historia de España (2º curso)
  • Lengua castellana y literatura y, si lo hubiere, lengua cooficial y literatura (1º y 2º curso)
  • Lengua Extranjera (1º y 2º curso)

Materias de modalidad 

Modalidad de Artes: Vía de Artes plásticas, imagen y diseño

  • Cultura audiovisual
  • Dibujo artístico I y II
  • Dibujo técnico I y II
  • Diseño
  • Historia del arte
  • Técnicas de expresión grafico-plástica
  • Volumen

Modalidad de Artes: Vía de Artes escénicas, música y danza: 

  • Análisis musical I y II
  • Anatomía aplicada Artes escénicas
  • Cultura audiovisual
  • Historia de la música y de la danza
  • Literatura universal
  • Lenguaje y práctica musical

Modalidad de Ciencias y Tecnología: 

  • Biología
  • Biología y geología
  • Ciencias de la Tierra y medioambientales
  • Dibujo técnico I y II
  • Electrotecnia
  • Física
  • Física y química
  • Matemáticas I y II
  • Química
  • Tecnología industrial I y II

Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: 

  • Economía
  • Economía de la empresa
  • Geografía
  • Griego I y II
  • Historia del arte
  • Historia del mundo contemporáneo
  • Latín I y II
  • Literatura universal
  • Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales I y II

Materia de libre elección

Enseñanzas de Religión: 

  • Religión
  • Historia y cultura de las religiones

Materias optativas 

Se podrán cursar una o más materias optativas, de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

Distribución horaria Las Administraciones educativas de cada Comunidad Autónoma distribuyen las materias entre los dos cursos del bachillerato y establecen las materias optativas, así como la carga horaria asignada a cada una de ellas.

Formación Profesional: Ciclos formativos
La Formación Profesional es un conjunto de enseñanzas del sistema educativo, el valor añadido del cual es la formación práctica adecuada a las necesidades de la economía y a los diferentes sectores productivos.

Comprende un conjunto de ciclos formativos con una organización modular, de duración variable y contenidos teóricos y prácticos convenientes a los varios campos profesionales.

Se estructura en 26 familias profesionales y en dos grados: ciclos formativos de grado medio y ciclos formativos de grado superior. Es una opción atractiva, de calidad y flexible que se ajusta a las necesidades e intereses personales de cada ciudadano.

Todos los estudios de FP

En la actualidad, la Formación Profesional Inicial se organiza en ciclos de grado medio y grado superior, que capacitan para el trabajo calificado en diferentes profesiones y que se agrupan entorno a 26 familias profesionales.

Es responsabilidad del Ministerio de Educación, el diseño y aprobación de las enseñanzas mínimas de cada título de formación profesional.

Familias profesionales

Actividades Físicas y Deportivas
Agraria
Artes y artesanías
Edificación y obra civil
Energía y agua
Hostelería y turismo
Imagen y sonido
Industrias Extractivas
Instalación y Mantenimiento
Marítimo-Pesquero
Seguridad y Medio Ambiente
Sanidad
Transporte y Mantenimiento de Vehículos
Administración y Gestión
Artes gráficas
Comercio y marketing
Electricidad y electrónica
Fabricación mecánica
Imagen personal
Industrias alimentarías
Informatica y Comunicaciones
Madera, mueble y corcho
Química
Servicios Socioculturales y a la Comunidad
Textil, confección y piel
Vidrio y cerámica

Ciclos Formativos de Grado Medio

Ciclos Formatvos de Grado Superior

Nuevos títulos de FP

Técnico en cocina y gastronomía

Técnico en emergencias sanitarias

Técnico en mecanizado

Técnico en hornería, repostería y confitería

Técnico superior en gestión de alojamientos turísticos

Técnico superior en audio logia protésica

Técnico superior en educación infantil

Técnico superior en laboratorio de análisis y de control de calidad

Técnico superior en vitivinicultura

Técnico superior en programación de la producción en fabricación mecánica

Técnico en farmacia y para farmacia

Técnico en soldadura y calderería

Técnico en sistemas microinformática y redes

Técnico en servicios de restauración

Técnico en instalaciones eléctricas y automáticas

Técnico superior en desarrollo de proyectos de instalaciones térmicas y de fluidos

Técnico superior en mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos

Técnico en carrocería

Técnico superior en química industrial

Técnico en planta química

Técnico superior en construcciones metálicas

Técnico superior en patronage y moda

Técnico en confección y moda

Técnico superior en eficiencia energética y energía solar térmica

Técnico superior en automoción

Técnico superior en desarrollo y fabricación de productos cerámicos

Técnico en aceites de oliva y vinos

Nuevos títulos de FP

Las pruebas para la obtención de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo se ofrecen como una vía alternativa por obtener las titulaciones de Técnico o Técnico Superior sin necesidad de cursar las enseñanzas de Ciclos Formativos de grado medio y grado superior.

Las administraciones educativas de las distintas Comunidades Autónomas son las responsables de organizar y convocar, por lo menos una vez al año, estas pruebas.

Las convocatorias de estas incluirán los centros docentes públicos designados por su celebración, así como el período de matriculación y las fechas de realización. La evaluación se realizará por Módulos Profesionales y los contenidos de las pruebas se referirán a los currículos de los Ciclos Formativos vigentes.

Pruebas libres por la obtención de título:

Por poder presentarse a estas pruebas, los aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos:

Para el título de Técnico:

  • Tener dieciocho años como mínimo.
  • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos.

Para el título de Técnico Superior:

  •  Tener como mínimo veinte años o diecinueve años si el aspirante ya tiene el título de Técnico.
  • Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente a efectos académicos.

Los aspirantes a estas pruebas pueden solicitar las respectivas convalidaciones de Módulos Profesionales aportando estudios con validez académica.

Enseñanzas artísticas
Las enseñanzas artísticas tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la calificación de los futuros profesionales de la música, la danza, el arte dramático, las artes plásticas y el diseño.

Son enseñanzas artísticas las siguientes: las enseñanzas elementales de música y de danza, las enseñanzas artísticas profesionales de música y danza, así como los grados medio y superior de artes plásticas y diseño, y las enseñanzas artísticas superiores que agrupan los estudios superiores de música y de danza, las enseñanzas de arte dramático, las enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales, los estudios superiores de diseño y los estudios superiores de artes plásticas, entre los que se incluyen los estudios superiores de cerámica y los estudios superiores del vidrio.

La superación de las enseñanzas profesionales de música o de danza da derecho a la obtención del título profesional correspondiente. El alumnado que finaliza éstas enseñanzas obtiene el título de Bachiller si supera las materias comunes del bachillerato, aunque no haya realizado el bachillerato de la modalidad de artes en su vía específica de música y danza.

Los alumnos que superan el grado medio de artes plásticas y diseño reciben el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en la especialidad correspondiente. Este título permite el acceso directo a la modalidad de artes de bachillerato. Los alumnos que superan el grado superior de artes plásticas y diseño reciben el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en la especialidad correspondiente.

Los estudios superiores de música y de danza se organizan en diferentes especialidades y consisten en un ciclo de duración variable según sus respectivas características. Las enseñanzas de arte dramático comprenden un solo grado de carácter superior, de duración adaptada a las características de éstas enseñanzas.

Música

Las enseñanzas artísticas de Música tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la calificación de los futuros profesionales de la música. Las enseñanzas de Música tienen además la consideración de enseñanzas de régimen especial.

Las enseñanzas de Música se organizan en:

  • Enseñanzas elementales de música
  • Enseñanzas profesionales de música
  • Grado superior de música

Al margen de éstas enseñanzas, pueden cursarse estudios de música que no conduzcan a la obtención de títulos con validez académica o profesional en escuelas específicas, con organización y estructura diferentes y sin limitación de edad. La regulación de estas escuelas es competencia de las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas, por el que se recomienda consultar la normativa que regula estas escuelas en la Comunidad Autónoma en la que se quieran realizar los estudios.

Danza

Las enseñanzas artísticas de Danza tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la calificación de los futuros profesionales de la danza. Las enseñanzas de Danza tienen además la consideración de enseñanzas de régimen especial.

Las enseñanzas de Danza se organizan en:

  • Enseñanzas elementales de danza
  • Enseñanzas profesionales de danza
  • Grado superior de danza

Al margen de éstas enseñanzas, pueden cursarse estudios de danza que no conduzcan a la obtención de títulos con validez académica o profesional en escuelas específicas, con organización y estructura diferentes y sin limitación de edad. La regulación de estas escuelas es competencia de las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas, por el que se recomienda consultar la normativa que regula estas escuelas en la Comunidad Autónoma en la que se quieran realizar los estudios.

Artes plásticas y diseño

Las enseñanzas de Artes Plásticas y de Diseño comprenden los estudios relacionados con las artes aplicadas, los oficios artísticos, el diseño en sus diversas modalidades y la conservación y restauración de bienes culturales. Éstas enseñanzas se estructuran en los siguientes niveles educativos:

  • Enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño. Se organizan en ciclos formativos de grado medio y de grado superior conducentes respectivamente al título de Técnico y Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en la especialidad correspondiente.
  • Enseñanzas artísticas superiores, conducentes al título superior en la especialidad correspondiente, equivaliendo con carácter general a Diplomatura universitaria o al título de Grado equivalente. Comprenden las enseñanzas de Conservación y restauración de bienes culturales, los estudios superiores de Diseño y los estudios superiores de Artes Plásticas.

Arte Dramático

Finalidad 

Son enseñanzas que tienen como finalidad la formación de profesionales, pedagogos e investigadores del fenómeno teatral y de aquellas otras áreas de la comunicación que de él emanan.

Duración 

Un solo grado de 4 cursos académicos.

Titulación

Título superior de Arte Dramático en la especialidad correspondiente, equivaliendo con carácter general al título de Licenciado Universitario.

Enseñanza de idiomas
Las Enseñanzas de idiomas de régimen especial se imparten en las Escuelas Oficiales de Idiomas y tienen como fin capacitar al alumnado para el uso del idioma.

Las Escuelas Oficiales de Idiomas son instituciones de titularidad pública, es decir dependientes del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte o de las Comunidades Autónomas, que ofrecen una enseñanza pública no universitaria para adultos.

Las enseñanzas de idiomas de régimen especial impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas se establecen y definen en el capítulo VII (Enseñanzas de Idiomas) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, (LOE).

Los aspectos básicos del currículum de éstas enseñanzas, que se impartirán en las EEOOII a partir del curso 2007-2008, se fijan en el Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre.

Las enseñanzas de idiomas de régimen especial tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo, y se organizan en los niveles Básico, Intermedio y Avanzado, correspondientes a los niveles A2, B1 y B2 del Consejo de Europa.

Las Escuelas Oficiales de Idiomas podrán impartir cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias en idiomas tanto en los niveles Básico, Intermedio y Avanzado como en los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa según estos niveles se definen en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Cuáles idiomas estudiar

En las Escuelas Oficiales de Idiomas se imparten enseñanzas de los idiomas alemán, árabe, chino, danés, finés, francés, griego, inglés, irlandés, italiano, japonés, neerlandés, portugués, rumano, ruso, sueco, lenguas cooficiales de las Comunidades Autónomas y español como lengua extranjera.

En el Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, se establecen las enseñanzas mínimas que deberían formar parte de los curriculums que las Administraciones educativas establezcan para los niveles intermedio y avanzado de estos idiomas.

Cada Administración educativa hace la oferta que considera más adecuada en función de las necesidades de los alumnos en las respectivas Comunidades Autónomas.

Modalidad oficial presencial 

El alumno asiste regularmente en clase a lo largo de un curso académico. La oferta del número de grupos, así como los horarios y tipo, para cada uno de los idiomas y cursos, se hacen públicos antes del inicio del proceso de matrícula en la Escuela Oficial de Idiomas correspondiente.

Cursos de Actualización y Especialización 

De acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas, las Escuelas Oficiales de Idiomas podrán impartir cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias en idiomas y para la formación del profesorado y otros colectivos profesionales. Estos cursos cubrirán competencias tanto en los niveles Básico, Intermedio y Avanzado como en los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa según estos niveles se definen en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Algunos departamentos didácticos organizan cursos monográficos destinados a cubrir necesidades específicas de aprendizaje como traducción, destrezas orales, o lenguajes especializados, entre otros.

Enseñanza a distancia 

Para dar una respuesta adecuada a la formación permanente de las personas adultas, las Administraciones educativas pueden integrar en las escuelas oficiales de idiomas las enseñanzas de idiomas a distancia. En la actualidad el programa That’s English! ofrece los contenidos de nivel Básico y de nivel Intermedio de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en dos cursos académicos, respectivamente.

Estos cursos se articulan a su vez en módulos (Orden ESD/1742/2008, de 17 de junio. B.O.I. de 19 de junio de 2008)

Modalidad libre

Da derecho exclusivamente a la realización de las pruebas oficiales para la obtención de las certificaciones de los diferentes niveles.

Certificación

Las Escuelas Oficiales de Idiomas expiden certificaciones oficiales de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado para veinte idiomas.

La superación de las exigencias académicas establecidas para cada uno de los niveles de las enseñanzas de idiomas dará derecho a la obtención de la certificación acreditativa correspondiente. Para obtener las certificaciones de los niveles Intermedio y Avanzado será necesaria la superación de unas pruebas terminales específicas de certificación.

Las Administraciones educativas regularán estas pruebas, que deberían ser evaluadas tomando como referencia los objetivos, competencias y criterios de evaluación establecidos para cada nivel en los currículums de los idiomas respectivos.

Los alumnos tendrán por lo menos una convocatoria anual de pruebas para la obtención de las certificaciones correspondientes de los niveles Intermedio y Avanzado.

Con la finalidad de seguir las recomendaciones del Consejo de Europa para el uso del Portfolio Europeo de las Lenguas, a los alumnos que no obtengan la certificación de nivel Intermedio o del nivel Avanzado se les podrá expedir, a petición de los mismos, una certificación académica de haber llegado al dominio requerido en algunas de las destrezas que las pruebas correspondientes evalúan, de acuerdo con las condiciones que las Administraciones educativas determinan.

Pruebas en el Sistema Escolar 

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), las Administraciones educativas facilitarán la realización de pruebas homologadas para obtener la certificación oficial del conocimiento de las lenguas cursadas por los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional.